viernes, 20 de septiembre de 2013

La “mera presencia” de drogas en el conductor será multada con mil euros

La cruzada contra las drogas en la conducción que ha emprendido la directora general de Tráfico, María Seguí, quedará plasmada en la nueva Ley de Seguridad Vial. La norma endurecerá las sanciones por ingesta de drogas con multas de mil euros y eliminará los resquicios de la norma vigente, que condenaba su influencia pero no su presencia en el organismo. Así se desprende del anteproyecto de Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, al que ha tenido acceso EL PAÍS. Entre otras modificaciones, recoge el aumento de velocidad a 130 kilómetros por hora y la prohibición de llevar detectores de radar. Los miembros del Consejo Superior de Seguridad Vial tienen hasta el próximo viernes para presentar modificaciones, antes de que llegue al Consejo de Ministros.
Estas son las novedades:
» Drogas. La nueva ley castigará “la mera presencia de drogas en el organismo del conductor” por la vía administrativa, con una multa de mil euros y la detracción de seis puntos del carné de conducir. En la norma anterior era necesario demostrar la influencia de las drogas en la conducción para imponer la multa, que era de 500 euros, y restar los puntos. Sin embargo, a diferencia del alcohol, respecto al cual el nivel máximo permitido es claro, en las drogas no existen estudios precisos ni consenso científico para determinar qué nivel de cada tipo de droga afecta al automovilista. La nueva ley lo resuelve sancionando el más mínimo rastro de haber ingerido drogas.
Precisamente el término “influencia”, contemplado en la actual ley, ha generado muchos problemas a los jueces. La Audiencia Provincial de Murcia condenó el 24 de abril de 2012, por un delito contra la seguridad vial, a un conductor que había dado un resultado positivo por drogas y que circulaba a gran velocidad, de forma agresiva y saltándose semáforos en rojo, según la sentencia. Sin embargo, fue absuelto en segunda instancia porque el juez determinó que era imposible afirmar que su conducción obedeciera a las drogas que había tomado. Con la nueva norma habría pagado mil euros y perdido seis puntos.
La futura ley de Seguridad Vial explicita, además, la forma de verificar la ingesta de drogas: “Una prueba salival mediante un dispositivo autorizado” y un “posterior análisis” de la muestra. Por “razones justificadas que impidan realizar la prueba”, se podrá ordenar un reconocimiento médico o análisis clínicos en un centro. Además, el interesado podrá exigir un análisis de contraste, preferentemente de sangre, que deberá abonar si el resultado es positivo.
» Alcohol. Aumenta la multa de 500 a 1.000 euros por conducir con tasas de alcohol superiores a lo permitido —0,25 miligramos por litro de aire espirado, y 0,15 para conductores noveles y profesionales—. Según el anteproyecto de ley, tanto las drogas como el alcohol “están detrás de un porcentaje muy importante de accidentes graves y por ello es necesario aumentar el reproche hacia ese tipo de conductas”.
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